Una enmienda peor que el soneto(*)
Este desaguisado, que da cuenta la nota, comenzó con la aprobación, de la ley 18.116 en el 2007. FUCVAM estuvo entre los que advirtieron que era un disparate lo que se estaba legislando.
Benjamín Nahoum (* *)
Hace algunos días escribimos en BRECHA sobre varias asignaturas pendientes que en materia de Vivienda y Hábitat tiene el Parlamento para rendir en el próximo período. Una de las más graves es la referida al delito de usurpación de bienes inmuebles, contemplado en el actual artículo 354 del Código Penal (CP), cuya redacción fue modificada por la ley 18.116 en 2007 y que se propone ahora cambiar nuevamente.